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Unión Europea pretende regular Bitcoin como producto financiero tradicional: expertos


 

A pesar de que la propuesta de regulación que prepara la Comisión Europea (CE) parece reconciliar la visión que separa a blockchain de los criptoactivos, el nuevo marco legal trata a las criptomonedas de forma semejante a los productos del mercado de valores.

Este es el planteamiento que el especialista en Tecnología e Innovación, Alberto Gómez Toribio, emitió en un foro virtual organizado el 2 de octubre por Crypto Plaza, en España. El objetivo es debatir sobre los borradores de regulación europea sobre criptoactivos (Markets in Crypto-assets o MICA) que se conocieron el pasado mes de septiembre.

Gómez compartió el panel virtual con las abogadas especializadas en criptoactivos, Idoya Arteagabeitia y Cristina Carrascosa, de la firma Pinsent Masons, quienes se centraron en las implicaciones legales de la propuesta.

Todos coinciden en que el proyecto de la Unión Europea (UE) responde a la necesidad de regulación del sector en la región. «Es importante que las empresas no sigan operando como en el ‘lejano oeste’», señala Carrascosa, mientras Arteagabeitia pone énfasis en las ventajas competitivas de homologar normas para la UE.

El especialista en Tecnología e Innovación, Alberto Gómez Toribio, habló sobre las preocupaciones del ecosistema europeo en relación a la propuesta de la Comisión Europea. Fuente: capture foro virtual Crypto Plaza/YouTube.

No obstante, Gómez Toribio hace mención a temas que, a su juicio, resultan preocupantes para el ecosistema. «Aunque es positivo el hecho de que se hable sin tapujos sobre criptoactivos y se ponga nombre a muchas cosas que ya están establecidas, veo un intento de encasillar la actividad que se da en la industria de las criptomonedas«, acota.

Piensa que el reglamento propuesto va en la misma línea de las leyes que rigen el mercado de valores y equipara lo que ocurre en el sector de las criptomonedas con lo que ya existe en el entorno financiero tradicional.

Para el especialista en tecnología es importante comprender, entre otras cosas, «que los productos y servicios que surgen en el mercado de las criptomonedas no son iguales a los del mercado de valores y se rigen por principios diferentes».

El manejo de una wallet (cartera), por ejemplo, requiere trasladar al usuario la responsabilidad de resguardar sus claves. Si la persona las pierde corre el riesgo de perder su dinero. Esto es así no porque la empresa lo desee o no quiera cumplir con el resguardo, sino porque así lo requiere la filosofía de este mercado. Estas y otras diferencias con el mercado de valores parecen no ser entendidas por los reguladores. Por ello creo que es necesario dimensionar estos temas en la propuesta.

Alberto Gómez Toribio.

La Comisión Europea y su énfasis en las stablecoins

En relación a las exigencias generales que plantea el proyecto para las empresas ligadas a las criptomonedas, Idoya Arteagabeitia explica que se trata de un cambio drástico, porque se pasa de no tener nada de regulación a tener que cumplir muchas normas.

Idoya reconoce que «esto será más difícil de cumplir para algunas empresas. Pero es probable que se les otorgue un período de 18 meses para hacer adecuaciones». Habla también de los avances que se lograrán si se pone en marcha un sandbox regulatorio.

La abogada menciona las exigencias mínimas que el reglamento plantea para emisores, empresas de custodia y servicios relacionados con criptomonedas.

Deberán tener una oficina física domiciliada en un Estado miembro de la UE y una entidad legal. Tendrán que establecer normas de gobernanza interna y de cumplimiento. A muchas empresas no se les exigirá licencia, entre ellas los exchanges.

Idoya Arteagabeitia.

Tal como lo reportó CriptoNoticias, la experta reitera que las mayores exigencias se hacen a las criptomonedas ancladas o stablecoins, activos criptográficos que siguen el precio de otros activos o una moneda fíat, como el dólar o el euro.

De acuerdo al borrador, para funcionar en Europa los emisores de estos activos tendrán que solicitar una licencia. Esto, por el hecho de operar contra activos fíat. También deberán dejar claro los mecanismos para el respaldo de activos en un documento técnico, que requerirá revisión y aprobación por parte de las autoridades.

Alberto Gómez hace referencia a los planteamientos en torno a las stablecoins, activos que para la Comisión Europea se asemejan al dinero electrónico.

Es necesario regular a la medida del ecosistema, pues en el caso de las stablecoins el regulador está entendiendo que son algo parecido al dinero electrónico, cuando en realidad no tienen nada que ver. Es un error pensar que la valoración de Tether (USDT), USD Coin (USDC), o DAI tiene algo que ver con su subyacente. Si yo tengo 10 stablecoins respaldadas por 10 euros en el banco, eso no significa que tengo 10 euros.

Alberto Gómez Toribio.

Con estos comentarios Gómez se remite a una declaración suscrita por España, Francia, Italia, Alemania y Países Bajos, en la cual apoyan el plan de regulación de la Comisión Europea y solicitan reglas fuertes para las stablecoins.

La declaración fue compartida a principios de septiembre por Nadia Calviño, vicepresidenta de Asuntos Económicos y Transformación Digital de España, resaltando la idea de «anteponer la soberanía monetaria a las criptomonedas». La funcionaria recibió muchas críticas en Twitter al respecto.

Las solicitudes de los cinco países, que según muchos tuiteros «demuestran fuerte desconocimiento del entorno cripto», plantean lo siguiente:

  • Una stablecoin deberá tener respaldados todos sus fondos en una relación 1:1 por una moneda fíat.
  • Los fondos deberán ser almacenados en cuentas depositarias de entidades aceptadas por la UE.
  • Los fondos reservados en estas cuentas, deberán ser tratados en Euros o cualquier moneda válida dentro de la UE. Se deben mantener separados de otros fondos en otros activos para evitar el riesgo de cambio de activo.
  • Si se van a usar para compra-venta, tanto comprador como vendedor tienen que poder redimir directamente a euro para poder usar esos activos en cualquier momento y lugar como euro. Es decir, poder sacar de una cuenta de escrow (garantía) de forma directa.
  • Cualquier entidad relacionada con este tipo de activos deberá estar registrada en la UE antes de empezar a operar dentro de ella.
Las stablecoins son criptomonedas que siguen el precio de monedas fíat, como el euro o el dólar, pero no funcionan igual que el dinero electrónico. Fuente: PublicDomainPictures / Pixabay.com

Miedo a las stablecoins puede desalentar la innovación

Tratando de aclarar ideas sobre las anteriores propuestas, Gómez explica que la valoración de una stablecoin depende de lo que se pueda hacer con ellas en el mercado. Indica que el subyacente o activo de respaldo no es más que una herramienta que tiene a disposición la compañía que pone en circulación esta criptomoneda, para intervenir el mercado y regular su precio.

Por ello, le parece absurdo que se quiera obligar a que las stablecoins solo puedan tener respaldo en un solo activo. «Porque a veces es necesario tener otro activo de respaldo que facilite liquidez, movilización en el mercado y mejores garantías a esa compañía para hacer su trabajo».

Son justamente todas estas exigencias que se hacen a la stablecoins –incluyendo las peticiones de los 5 países arriba citados– las que cuestionan algunos analistas. Muchos piensan que las normas propuestas harán difícil la subsistencia de este tipo de criptomonedas en la Unión Europea.

Sobre ello, el abogado español Javier Maestre escribió un artículo señalando que tantos requerimientos burocráticos, financieros y técnicos, desalentarán la innovación e impondrán fuertes barreras de entrada a los mercados relacionados con los criptoactivos.

«Creo que el problema que realmente preocupa a los reguladores es Libra (el proyecto de criptomoneda de Facebook)», concluye Gómez Toribio. Afirma que detrás de todo esto está el temor de las autoridades europeas a que una empresa con miles de millones de usuarios pueda colocar en el mercado europeo un producto financiero, en este caso una stablecoin global.

Bitcoin queda fuera del concepto de criptoactivo, y de dinero

En su escrito, Maestre opina en relación a la definición de los criptoactivos que la Comisión Europea coloca en el documento.

Hay que recordar que la autoridad europea dejó fuera del concepto a Bitcoin, que será regulado como instrumento financiero. Para ello se harán cambios en la Directiva II de Mercados de Instrumentos Financieros (MiFID II 2014/65 / UE).

Según el borrador, un criptoactivo «es una representación digital de valor o de derechos que pueden ser transferidos y almacenados electrónicamente, utilizando tecnología de contabilidad distribuida».

Maestre considera que Bitcoin podría encajar en esta definición. «Pero parece que esta expresión viene de la Autoridad Bancaria Europea y es una forma de evitar mencionar el concepto de unidad de cuenta«, con lo cual se reconocería a la criptomoneda pionera como dinero. Añade que, de manera similar, se recomendó cambiar el término «medio de pago» por «medio de intercambio».

El abogado cita textos escritos por el experto en leyes sobre tecnología David Maeztu en el libro «Aspectos legales de Ciberseguridad». Allí se refieren los cambios en las definiciones:

(…) Vemos que en 2012 el Banco Central Europeo (BCE) se refirió a las criptomonedas como un tipo de «dinero digital», mientras que en 2015 adoptó la definición actual de «una representación digital de valor». Posteriormente, en otro informe de 2016 el BCE los calificó como «medios de pago alternativos», pero indicando que «sería más exacto considerarlos como un medio de cambio, más que como un medio de pago».

Javier Maestre

Avance en la regulación de criptomonedas y riesgo de quedar en rezago

La abogada Idoya Arteagabeitia considera que la propuesta será ventajosa para el sector de las criptomonedas en la Union Europea. Fuente: capture foro virtual Crypto Plaza/YouTube.

Bajo el concepto de criptoactivos, el documento solo busca regular tres tipos de tokens: las stablecoins (clasificadas como tokens referenciados a activos y tokens de dinero electrónico), y los utility tokens.

Sobre esta clasificación Maestre observa que existen otros tipos tokens que, dentro de la categoría de criptoactivos, no contarán con una regulación específica. «Como aquellos que representan (o tienen) valor, pero que no están referenciados a otro activo, o no son tokens de utilidad», aclara.

La abogada Idoya Arteagabeitia admite que aún quedan muchos temas del ecosistema fuera del documento que deberían agregar. «Posiblemente se haga luego, pero como el trabajo de la CE suele ser lento se corre el riesgo de quedar rezagados, sobre todo si se aprueba en unos años».

A pesar de ello, se reconoce el reglamento como un gran avance para la regulación en Europa. Cristina Carrascosa piensa que será favorable para los usuarios, las pymes y startups de criptomonedas, en tanto que Arteagabeitia habla de unificación de criterios regulatorios en toda Europa.

«Veo provechoso que las reglas apliquen para toda la Unión Europea», dice Idoya. Resalta el hecho de que se evitarán los problemas derivados del arbitraje regulatorio, una forma de utilizar las lagunas de las leyes existentes en algunos países para evadir las normas desfavorables de otros.

Se trata de una práctica que hace que muchos emprendedores europeos registren negocios en países en los que no residen para buscar ventaja jurídica. Esta situación cambiará porque con la nueva regulación las normas serán las mismas en todos los países de la UE.

Toda esta regulación sobre criptoactivos posiblemente entre en vigencia dentro de 2 a 4 años. El plan de la Comisión Europea es crear un marco jurídico que dé mayor impulso a sus estrategias basadas en blockchain.

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